Como bien sabemos el derecho es indispensable para la convivencia humana, pues es una verdad incontrovertible que el ser humano necesita organizar su natural libertad de tal manera que coexista con la de los demás en perfecta armonía.
Este es el punto de partida que se complementa con dos principios: las leyes deben ser obedecidas y se presumen conocidas. Es decir nadie puede hacer caso omiso a una norma, alegando que no sabe que existe, tal como dice nuestro código civil, en su Art. 20.
Ahora bien, para que este derecho, que es necesario y obligatorio, pueda ser respetado es preciso que el ciudadano lo conozca, ya que es difícil seguir un precepto del que no se tiene noticias de su existencia.
Pero además ese conocimiento debe facilitarse al máximo, lo que se logra mediante recopilaciones y ordenaciones como la que ahora realiza la Legislatura de Tucumán.
Lo ideal sería que una sociedad viviera con pocas leyes y muchos principios que permitan demarcar el ámbito de lo prohibido de lo permitido, tal como lo ha señalado el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Ricardo Lorenzetti al recibir el Doctorado Honoris Causa de nuestra Universidad.
Pero la realidad indica que esto no siempre se logra y que existen más normas de las que es humanamente posible conocer, incluso para los expertos en derecho. Este fenómeno, que algunos autores denominan contaminación o inflación legislativa, es el que se pretende evitar con el Digesto legislativo, en el que se eliminan normas contradictorias, derogadas o superfluas.
De alguna manera, disminuir al máximo la ficción de que las leyes son conocidas por todos, ha sido una preocupación desde lo más antiguo de los tiempos. El conocimiento del derecho forma parte pues, de las más viejas luchas de la humanidad.
En la Biblia tenemos uno de los ejemplos más notorios con los Diez Mandamientos que Dios mismo esculpe en piedra. Más cerca en el tiempo, en la antigua Grecia, Solón el gran legislador, en una de sus reformas, intentó que el derecho fuera de fácil conocimiento para el griego medio y no sòlo para algunos expertos.
Pero es en Roma, que tenemos el más grande ejemplo de una recopilación ordenada de leyes, con el Digesto de Justiniano, que desde ese momento ha marcado la inspiración para todos los países de lo que tiene que ser una buena técnica legislativa.
No debe pasarse por alto además que el conocimiento del derecho vigente evita la opresión del ciudadano por parte de los pocos que saben el texto de las leyes. La H. Legislatura de Tucumán contribuye de esta manera a concretar un mandato constitucional, que es el de afianzar la justicia. Es imposible que exista una sociedad justa, libre y democrática, con ciudadanos responsables, si el acceso a la ley no se allana al máximo, en lo que algunos han dado en llamar "democratización jurídica".
Un digesto per se fortalece el estado de derecho constituyendo un aporte a la garantía de los derechos de los ciudadanos, a la seguridad jurídica y calidad institucional. Se proyecta valiosamente a la sociedad en general y además contribuye a aliviar la difícil tarea de hermenéutica legal que llevan adelante los magistrados. También otorga, al poder administrador, un claro marco delimitativo para la gestión de sus preceptos.
La aprobación del Digesto no debe agotar la tarea encarada. Debe verse allí la expresión del compromiso con el inicio de una nueva dinámica y modalidad legislativa. La Unión Europea asumió la determinación de establecer comisiones permanentes de simplificación legislativa. Los Parlamentos más modernos, frente a la problemática legislativa que nos ocupa, adoptaron diversas medidas que en general determinaron u orientaron la creación de Oficinas de ayuda al legislador, leyes sobre "como dictar leyes" (las llamadas leyes de segundo nivel) y también la elaboración de los llamados "Manuales de Técnica" a través de los cuales, lo que en definitiva se pretende lograr es dar calidad a la Ley evitando caer en las patologías que determinaron la necesidad de la tarea hoy encarada por la H. Legislatura.
Apruebo la iniciativa que ha tenido la H. Legislatura de Tucumán, porque forma parte de una de las técnicas legislativas más eficaces para asegurar el cumplimiento de la ley, sin que ello implique entrar a considerar todas y cada una de las normas que están incorporadas a este Digesto, en cuanto a su vigencia, redacción y correcta enumeración, como así también al método y la sistematización encarada.
Reciba mi beneplácito por la tarea encarada y el esperanzado anhelo que, similar empeño al puesto en esta iniciativa, lleve a ese Cuerpo Legislativo a abordar, con elevado espíritu democrático y republicano, las altas funciones y responsabilidades que nuestra constitución y la sociedad tucumana han puesto en sus manos.
Dr. José Luis Vázquez
Decano Facultad de Derecho de la U N T.
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